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Las elecciones departamentales no sólo sirven para elegir a los intendentes, aunque esto sea lo que ocupa todos los titulares. También se define algo que muchas veces pasa desapercibido pero que es esencial para la vida democrática del país: la integración de las Juntas Departamentales. Y aunque para gran parte de la ciudadanía estas instituciones pueden sonar lejanas, lo cierto es que tienen funciones muy concretas que impactan directamente en la vida de los ciudadanos del Departamento.

Cada una de las 19 Juntas Departamentales está integrada por 31 ediles titulares, sin importar la población del departamento, y por sus respectivos suplentes. La conformación de las Juntas está prevista en la Constitución, y su función principal es legislar a nivel local y controlar al Ejecutivo departamental. Las Juntas crean normas, aprueban presupuestos, autorizan convenios, y entre otras cosas tienen la facultad de fiscalizar la actuación del intendente y de toda la administración.

Entre sus facultades se encuentran la aprobación del presupuesto quinquenal del gobierno departamental, la creación o modificación de algunos tributos como tasas de higiene, permisos de construcción o patente, y la regulación de algunas actividades comerciales y sociales. También autorizan convenios con entidades públicas o privadas, préstamos, proyectos importantes para el Departamento, y el destino de bienes departamentales. Además, los ediles pueden pedir informes, convocar a jerarcas a declarar, promover investigaciones y expresar observaciones formales al accionar del Ejecutivo.

Lo que es un poco más complejo es cómo se decide quiénes ocupan esos 31 cargos. El sistema uruguayo prevé una regla particular: el Partido cuyo candidato a intendente resulta electo recibe de forma automática 16 bancas. Esto asegura que el intendente tenga mayoría en la Junta y, por lo tanto, pueda implementar su proyecto político con cierta estabilidad. Es una garantía de gobernabilidad que no depende del porcentaje exacto de votos que obtuvo el lema o Partido ganador.

Las 15 bancas restantes se distribuyen por representación proporcional entre todos los Partidos que hayan obtenido votos, incluyendo el lema que ganó la intendencia. Esto significa que si ese lema obtuvo una mayor cantidad de votos, podría sumar más bancas además de las 16 ya asignadas por la Constitución. De este modo, el sistema combina una cuota mínima para facilitar el funcionamiento del gobierno departamental con una lógica proporcional que respeta la diversidad política.

A su vez, dentro de cada Partido, las bancas se adjudican a las listas que hayan recibido más votos. Es decir que, además de elegir a qué lema o Partido se quiere apoyar, el votante también determina qué sector dentro de ese lema tendrá representación y qué personas concretas ocuparán los cargos.

Cada Edil tiene suplentes que asumen si el titular se ausenta, pide licencia o renuncia. Los suplentes tienen las mismas atribuciones mientras actúan en funciones.

Aunque su labor no siempre tenga visibilidad pública, la incidencia de la Junta Departamental en el funcionamiento del Departamento es importante. Muchas de las reglas que ordenan la vida cotidiana desde cómo se organiza el tránsito hasta qué servicios se cobran y en qué condiciones, se definen ahí.

Además, los ediles son una vía de contacto directo con la ciudadanía. A través de ellos, vecinos y organizaciones pueden canalizar propuestas, reclamos o inquietudes. Es un vínculo institucional que está más cerca de lo que parece, pero que muchas veces no se utiliza por desconocimiento.

La Junta Departamental no es un apéndice del gobierno departamental. Es un órgano deliberativo con atribuciones propias, que participa activamente en la toma de decisiones y tiene el deber de velar por el buen funcionamiento del sistema democrático a nivel departamental. Conocer cómo se integra y cuáles son sus funciones no es menor, es parte de entender cómo funciona la democracia y cómo podemos, como ciudadanos, tomar decisiones más informadas.

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