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La Ley Nº 11.907, promulgada el 19 de diciembre de 1952, es clara y categórica. En su artículo 3º establece que la prestación del servicio de obras sanitarias debe realizarse con una orientación fundamentalmente higiénica, anteponiendo las razones de orden social a las de orden económico. Este principio no es decorativo ni retórico: constituye el fundamento jurídico y ético que legitima la existencia de Obras Sanitarias del Estado.

No obstante, la decisión del gobierno del Frente Amplio de autorizar un aumento general del 8,5% en las tarifas de OSE a partir del 1º de enero de 2026 supone una vulneración evidente de ese mandato legal. El ajuste no solo resulta desproporcionado, sino que revela una concepción del servicio público en la que los criterios recaudatorios se imponen abiertamente sobre las consideraciones sociales.

La inflación proyectada para este año ronda el 4,5%. El aumento tarifario prácticamente la duplica. No se trata, entonces, de una simple actualización por variación de costos, sino de una decisión política consciente, adoptada por un gobierno que vuelve a recurrir al bolsillo de los ciudadanos para sostener su modelo de gestión. En un contexto de presión creciente sobre los ingresos familiares, este incremento resulta particularmente injusto.

Desde OSE se intenta atenuar el impacto afirmando que los sectores más vulnerables recibirán ajustes menores. Sin embargo, ese argumento omite deliberadamente a la clase media, que no accede a subsidios ni compensaciones y que, mes a mes, absorbe el peso de un Estado cada vez más costoso. Es este sector el que termina pagando la cuenta, una vez más.

El problema se profundiza al analizar el destino de los recursos. El aumento tarifario está orientado a financiar el plan de inversiones del organismo, en especial las obras destinadas a asegurar el abastecimiento de agua potable en Montevideo. En los hechos, los usuarios del interior del país terminan financiando infraestructura concebida prioritariamente para la capital. Se consolida así un desequilibrio territorial histórico que los gobiernos del Frente Amplio no han corregido, sino que han reforzado.

En el interior, además, los usuarios de OSE pagan tasas adicionales incluidas en la factura, cuya legalidad y destino han sido cuestionados en reiteradas oportunidades. De acuerdo con el Código Tributario uruguayo, las tasas son tributos que deben guardar una relación directa con el costo del servicio específico que las justifica. Su producido no puede destinarse a fines generales ni a inversiones ajenas al servicio por el cual se cobran. Cuando esas tasas se utilizan como una fuente de financiamiento indirecto, se desnaturaliza su esencia jurídica y se vulnera el principio de legalidad tributaria.

En Montevideo, en cambio, el saneamiento está a cargo de la Intendencia y esos conceptos no se incluyen en la factura de OSE. El resultado es evidente: los habitantes del interior pagan más por servicios similares. Con el nuevo ajuste, esa brecha se amplía y se vuelve aún más injusta.

En departamentos como Salto, el impacto será particularmente severo. Los salteños vuelven a ser castigados. Ya ocurrió cuando se reclamó, sin éxito, una rebaja en la tarifa eléctrica en períodos de frío intenso o de calor extremo. Hoy, nuevamente, el interior paga las consecuencias de decisiones adoptadas desde el poder central, sin sensibilidad social ni criterio de equidad.

Cuando un ente público se aparta de la ley que lo rige y un gobierno prioriza la recaudación por encima del bienestar de la población en un servicio esencial como el agua potable, no estamos ante una mera medida administrativa, estamos ante una definición política. Y esa definición tiene responsables claros: el Frente Amplio y su forma de concebir el estado.

Este aumento no es inevitable, es una elección; y como toda elección política debe ser discutida, cuestionada y enfrentada.

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