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La saturación de los depósitos municipales y el consiguiente deterioro ambiental han transformado la acumulación de vehículos incautados en una problemática acuciante. Frente a esta realidad, el gobierno de la Coalición Republicana de Salto ha enviado a la Junta Departamental un proyecto normativo pionero. Esta iniciativa se convierte en la primera del país en priorizar la devolución de los bienes retenidos entre 2023 y la actualidad, desvinculándola del pago previo de multas y tributos. Esta medida se alinea de manera directa con la propuesta que presentáramos recientemente en la Cámara de Representantes.

FUNDAMENTOS CONTUNDENTES

Los fundamentos de este decreto son contundentes y priorizan el bienestar de la comunidad. En primer lugar, los considerandos advierten sobre el severo riesgo sanitario y ambiental derivado de la contaminación por lixiviación de fluidos y la proliferación de plagas a la intemperie. Asimismo, se reconoce con estricta justicia que la finalidad de las sanciones de tránsito es de índole disuasoria y educativa, jamás confiscatoria. Para miles de familias, la moto o el automóvil retenido no constituye un lujo, sino la herramienta de trabajo insustituible o el medio primordial de transporte diario. Exigir la cancelación de montos acumulados que superan el valor comercial del bien vulnera el derecho de propiedad y atenta directamente contra el derecho humano al trabajo.

El articulado establece un régimen temporal y extraordinario sumamente claro y ágil. El ámbito de aplicación abarca aquellas retenciones efectuadas desde el primero de enero de 2023, período que garantiza un vínculo material efectivo con los propietarios, diferenciándose de los rezagos históricos destinados a desguace o compactación. Para acceder a la restitución material, el gestionante deberá acreditar fehacientemente su vínculo jurídico mediante documentación habilitante, tales como libreta de circulación, títulos inscriptos, certificados notariales, cartas poder certificadas o compromisos de compraventa debidamente respaldados.

INEXIGIBILIDAD DE PAGO PREVIO

El núcleo transformador de la iniciativa radica en su artículo cuarto y concordantes. Se determina la inexigibilidad de pago previo de los adeudos acumulados por concepto de patente, multas de tránsito o costos de estadía como condición para la entrega física de la unidad. Esto significa que ningún ciudadano quedará privado de su medio de subsistencia por no poder afrontar de inmediato cifras impagables. No obstante, es fundamental destacar que este acto administrativo no constituye ningún tipo de condonación, quita o remisión de deudas. Las obligaciones tributarias y sancionatorias permanecerán incambiadas y asociadas al padrón correspondiente en los registros del SUCIVE, canalizándose su cobro por las vías competentes y regulares, contemplando además la exoneración del impuesto de patente durante el período efectivo de retención y la aplicación de prescripciones cuando correspondan legalmente.

En definitiva, respaldar firmemente este proyecto de la Coalición Republicana en Salto significa avalar una gestión inteligente, equilibrada y profundamente humana. Se conjugan con maestría la preservación medioambiental y el orden urbano con la estricta salvaguarda de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Salto marca el rumbo nacional hacia una política moderna, justa y verdaderamente eficaz.

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