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 El penalista Claudio Opazzo analiza los límites del perdón judicial en un hecho marcado por la violencia familiar. Un caso reciente sacudió a la opinión pública y abrió un fuerte debate en todo el país. Un joven fue condenado a 12 años de prisión por matar a su padre, en un contexto que, según se conoció, estaba atravesado por años de violencia dentro del hogar. La historia generó una reacción inmediata: en redes sociales y en la calle, muchas personas se pusieron del lado del joven y comenzaron a plantear una pregunta incómoda pero necesaria: ¿puede la Justicia perdonar en situaciones así?

LA MIRADA DE UN PENALISTA

Para entender mejor este tema, conversamos con el doctor Claudio Opazzo, reconocido abogado penalista de nuestro medio, quien aclaró desde el inicio que no conoce el expediente ni los detalles completos del caso. Aun así, aportó una mirada técnica que ayuda a ordenar una discusión cargada de emociones. Opazzo explicó que en Uruguay existe una figura legal conocida como “perdón judicial”, prevista en el artículo 36 del Código Penal. Se trata de una herramienta excepcional que permite a un juez no aplicar una pena, incluso cuando el delito está probado. Pero no es algo que se use con frecuencia.

UN RECURSO EXTRAORDINARIO

“No es habitual. Es una situación absolutamente extraordinaria”, señaló el abogado. Y agregó que, en los últimos años, si bien se ha solicitado en algunos casos, casi nunca se concede. La razón es clara: los requisitos que exige la ley son muy estrictos. Entre esos requisitos, uno de los más importantes es que el delito se haya cometido en un contexto de violencia intensa y prolongada por parte de la víctima. Además, debe demostrarse que esa situación generó en el autor del hecho un estado de “intensa conmoción”, algo que no es sencillo de probar.

LA DIFICULTAD DE PROBAR

“Ahí está la clave del problema”, explicó Opazzo. “No solo tiene que existir esa situación extrema, sino que además hay que demostrarla con pruebas claras. Y eso es muy difícil”. El abogado también hizo referencia a otro punto sensible: la falta de denuncias previas. Según lo que ha trascendido públicamente, en este caso no se habrían realizado denuncias formales antes del hecho. Eso complica aún más la posibilidad de aplicar el perdón judicial, ya que la ley también valora si hubo intentos de buscar protección por vías legales.

EL PESO DE LA OPINIÓN PÚBLICA

Otro aspecto que genera debate es el peso de la opinión pública. En este caso, el apoyo al joven ha sido masivo. Sin embargo, Opazzo fue claro: “El juez no puede decidir en base a lo que diga la gente. Debe regirse por la ley y por las pruebas”. Eso no significa que la sociedad no influya en nada. Según explicó, la opinión pública puede incidir en cambios legislativos o en la forma en que se interpretan ciertas normas con el paso del tiempo. Pero en un caso concreto, la decisión debe ser jurídica, no emocional.

ANTECEDENTES Y CASOS SIMILARES

Durante la entrevista, el penalista también recordó un caso ocurrido hace más de 30 años, donde una mujer mató a su pareja tras sufrir años de violencia. En ese momento, la Justicia entendió que actuó en legítima defensa y no fue condenada. Aunque no es el mismo escenario legal, sirve como antecedente de situaciones extremas donde el contexto fue determinante. Aun así, Opazzo insistió en que estos casos son excepcionales y no pueden generalizarse. “No se puede justificar cualquier hecho violento diciendo que hubo una conmoción. Si no, sería un caos”, advirtió.

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