Aplican medidas cautelares a violento
Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Salto de 2º Turno, de acuerdo a lo solicitado por Fiscalía y sin oposición de la defensa, se hace lugar a las siguientes Medidas Cautelares previstas en el Art. 222 del C.P.P.; respecto del ciudadano identificado como A.L.M.A. por lo que debe: Fijar domicilio y no modificarlo sin dar inmediato conocimiento al tribunal.-Prohibición de salir del país sin autorización suficiente.- Prohibición de acercamiento al comercio, así como prohibición de comunicación y/o relacionamiento por cualquier medio con los denunciantes y empleados del comercio, todo por el término de ciento veinte días, bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desacato.