Salto derogó /
Incautación de vehículos por espirometría positiva
Anoche, en la sección de la Junta Departamental de Salto, un edil del Frente Amplio Juan Pablo Rocca solicitó la reconsideración de algunos temas. Entre ellos puntos vinculados a los controles inspectivos de tránsito. La moción derivó en un cuarto intermedio y, posteriormente, en una votación unánime que marcó un giro en la normativa vigente.
El cuerpo resolvió derogar el decreto que habilitaba la incautación de vehículos como mecanismo para forzar el pago de multas. La decisión fue celebrada como un avance en materia de garantías para los ciudadanos, al eliminar una práctica considerada por varios sectores como excesiva.
Fin de una medida cuestionada por conductores
Con la derogación, se pone fin a un sistema que generaba malestar entre conductores, quienes debían abonar sanciones para recuperar sus vehículos. Según lo expresado durante la sesión, la medida implicaba un castigo adicional que iba más allá de la infracción cometida. Para los ediles, el cambio representa un paso hacia el respeto por la propiedad privada y una reducción de situaciones de angustia e impotencia durante los controles.
Nuevo procedimiento, sanción sin retención del vehículo
A partir de ahora, si un conductor comete una infracción, podrá ser sancionado, pero su vehículo no será retenido como garantía de pago. No obstante, se mantienen restricciones en casos específicos, si hay espirometría positiva o licencia vencida, el conductor queda inhabilitado para manejar. En esas situaciones, otra persona habilitada podrá retirar el vehículo en el momento. Si el conductor está solo, dispondrá de 30 minutos para conseguir a alguien que lo haga. De no ser posible, el vehículo será trasladado a depósito bajo responsabilidad departamental, pudiendo ser retirado posteriormente sin costo alguno.