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Hace exactamente seis meses, fuerzas especiales de Estados Unidos capturaron a Nicolás Maduro y su esposa Cilia Flores en Caracas. Y a partir de hoy, según la ONG Acceso a la Justicia, Venezuela “entra en un terreno de abierta e inédita inconstitucionalidad”. ¿Por qué los expertos lanzan esta afirmación? La Carta Magna bolivariana establece en su artículo 234 que las “faltas temporales” del Presidente de la República “serán suplidas por el Vicepresidente Ejecutivo hasta por noventa días, prorrogables por decisión de la Asamblea Nacional por noventa días más”.

El chavismo tiene una papa caliente en las manos. El Tribunal Supremo de Justicia inventó la figura de la “ausencia forzosa” para no declarar la falta absoluta de Maduro, fallo que habría obligado a la convocatoria de elecciones para cubrir la vacante en un plazo de 30 días, según el texto fundamental venezolano.

Delcy Rodríguez asumió la jefatura del Estado con el fin de garantizar la “continuidad administrativa”, mientras el Parlamento, dirigido por su hermano Jorge Rodríguez, no se ha pronunciado sobre su continuidad en el poder.

“El silencio que ha mantenido la Asamblea Nacional durante estos seis meses es alarmante. La Carta Magna es clara al dictaminar que si una falta temporal se prolonga, corresponde al Parlamento debatir y resolver el asunto. Permitir que el plazo expire en su totalidad sin abrir la discusión no es una omisión menor, es un incumpliento de las funciones del Poder Legislativo”, denuncia Acceso a la Justicia.

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