La libertad de expresión bajo asedio
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Por Leonardo Vinci
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joselopez99@adinet.com.uy
La llegada de figuras de los medios masivos al Poder Legislativo suele generar altas expectativas de renovación y debate elevado. Lamentablemente, la realidad institucional a menudo pulveriza estas ilusiones, demostrando que la transición de la pantalla al escaño no garantiza un compromiso genuino con los valores democráticos. El paso de la senadora Blanca Rodríguez por el parlamento uruguayo se ha convertido en una fuente de profunda desilusión ciudadana, marcada por un giro alarmante hacia posturas que rozan el autoritarismo.
El episodio más grave de su labor legislativa ha surgido de sus propias declaraciones públicas. Con una dilatada trayectoria en los medios, la legisladora sorprendió negativamente al reclamar que se aprueben nuevas normas para penalizar la expresión de ideas bajo el pretexto de combatir supuestas manifestaciones de odio. Esto ignora que el ordenamiento jurídico vigente ya contempla los delitos relativos al honor, revelando una peligrosa vocación censuradora. Pretender utilizar el aparato punitivo del Estado para amordazar el debate público y fiscalizar la crítica ciudadana constituye un retroceso inaceptable en nuestra tradición republicana de respeto a la diversidad de pensamiento.
Mirar nuestra historia política
Para iluminar este panorama y recordar los cimientos de nuestra convivencia, resulta imperativo mirar nuestra historia política. En un documento publicado en el medio "La llegada", se destaca un hito extraordinario: “Imposible encontrar en el mundo un homenaje del poder a la libertad como el Decreto del gobierno uruguayo aprobado el 17 de noviembre de 1838. Con la firma de su presidente Fructuoso Rivera, el gobierno renuncia a cualquier acción judicial contra quienes ejerzan 'ataques de cualquier género que se dirijan por la imprenta' contra sus personas. A continuación, la versión textual del Decreto, calificado como 'una de las mejores voces que se le ha escuchado a la libertad'”.
He aquí el texto histórico íntegro
“La absoluta libertad de opinar, y de publicar las opiniones, debe ser un derecho tan sagrado como la libertad y seguridad de las personas. Las producciones de la imprenta libre son el freno de los malos mandatarios, la recompensa mejor de los que gobiernan bien y el vehículo mas seguro para derramar la ilustración, y educar á los pueblos.
Pero este derecho inestimable vendría a ser ilusorio, si los que han de ejercerle conservan el menor recelo de que la autoridad puede reprimirle, ó manifestar siquiera algún desagrado, por el uso que de él se haga. En fuerza de estas consideraciones, para manifestar a la República que deseo oír libremente la voz de la opinión; que, contando con ella, no puedo temer ataque alguno; y que no deseo, otro juez, ni otro defensor de mis actos que la conciencia del Pueblo, por cuyo bien trabajo recomendando a su ilustración y buen sentido la moderación y templanza en el uso de la imprenta, decreto:
Art. 1. La libertad absoluta e ilimitada de imprenta es también uno de mis principios fundamentales. Todo individuo puede usar de ella sin restricción alguna. Los particulares, que se creyesen ofendidos, por producciones de la prensa, tendrán expeditos los medios de vindicación, que la ley del país establece. Los ataques de cualquier género que se dirijan por la imprenta, sea contra mi persona, las de mis secretarios, o contra los actos administrativos, no quedan sujetos a responsabilidad alguna: y, para asegurar esta declaración, yo, y mis secretarios renunciamos, mientras yo esté en el mando, la protección de la ley actual, y todo otro medio de vindicación.
Circúlese, publíquese, y dése al Registro. RIVERA – SANTIAGO VAZQUEZ – ENRIQUE MARTINEZ”.
Ojalá su lectura sea útil para que la senadora entienda lo que está en juego.