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Un ciudadano de Salto presentó una solicitud formal ante la Junta Departamental con el objetivo de obtener información detallada sobre los gastos vinculados a publicidad y comunicación institucional realizados por el organismo en los últimos años. La gestión se realizó al amparo del derecho constitucional de petición y de la Ley de Acceso a la Información Pública. La Prensa tuvo acceso al contenido del planteo, firmado por Jorge W. Hernández, quien invoca el artículo 30 de la Constitución de la República y la Ley N.º 18.381 para requerir datos específicos relativos al período comprendido desde el inicio de la presidencia de Enzo Molina en la corporación legislativa departamental hasta la actualidad.

Detalle de los gastos y proveedores

Entre los puntos solicitados figura la entrega de un listado completo de los gastos en publicidad y comunicación institucional, discriminados por año, con el objetivo de conocer la evolución de las erogaciones en ese rubro. Asimismo,  pide que se identifique a los proveedores locales contratados, incluyendo nombre o razón social, número de RUT en caso de corresponder, monto total facturado y período en que se desarrolló cada contratación.

Servicios y mecanismos de contratación

Otro de los aspectos requeridos apunta a conocer el detalle de los servicios contratados, con especificación del objeto de cada gasto. La solicitud abarca publicidad radial, televisiva, gráfica, digital, en redes sociales, prensa escrita u otros formatos que hayan sido utilizados por la institución. También se solicita información sobre la modalidad de contratación aplicada en cada caso, indicando si se trató de compras directas, licitaciones u otros procedimientos previstos en la normativa vigente, así como la identificación de las disposiciones legales utilizadas como marco.

Documentación respaldante

Finalmente, el pedido incluye la remisión de copias o referencias de resoluciones, contratos, órdenes de compra o expedientes administrativos que hayan autorizado dichas erogaciones, con el propósito de contar con respaldo documental. La solicitud fue presentada sin expresión de causa, tal como permite la legislación, y establece que la información requerida sea remitida en formato digital dentro de los plazos previstos por la ley.

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