Del telegrama al doble tick azul
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Por Luca Manassi Orihuela
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lucamano@gmail.com
Cuando alguien quiere dejar constancia formal de algo relevante, sigue recurriendo al telegrama colacionado, como hace años. Es una herramienta válida y jurídicamente fuerte. El problema es que es engorrosa, lenta y demasiado formal para el ritmo con el que hoy nos comunicamos. La vida real nos pasa por WhatsApp, por los mensajes de texto, los mails. Se acuerdan precios, se coordinan entregas, se toman decisiones laborales y se discuten contratos por mensaje. Y cuando el conflicto termina en un juzgado, aparece la frase cada vez más repetida: “Está en el chat”.
La pregunta es ¿con eso alcanza?
El Código que regula los procesos civiles en el Uruguay tiene una concepción amplia de lo que es un documento, no se queda en el papel firmado con tinta. Esa amplitud de concepto permitió que el derecho no quedara congelado en el siglo pasado, y en esa línea los tribunales han venido admitiendo conversaciones de WhatsApp como medio de prueba. Incluso ya hay un montón de sentencias que han reconocido que, si fue el medio habitual de comunicación entre las partes y se puede acreditar que el mensaje fue recibido, puede cumplir una función equivalente a la de una comunicación formal.
Pero una cosa es que pueda admitirse y otra bien distinta es que cualquier captura de pantalla sirva. Ahí es donde entra en juego algo menos visible pero decisivo: la estrategia probatoria. Cuando una conversación digital puede terminar siendo discutida en juicio, no alcanza con guardarla en el teléfono y pretender que se entienda sola. La forma en que se documenta y se preserva ese intercambio es parte del trabajo profesional.
Si el mensaje va a tener relevancia jurídica, debe asegurarse su autenticidad y su integridad. Y eso implica tomar recaudos técnicos adecuados, inevitablemente con intervención de un Escribano, para que el chat no sea apenas una imagen impresa sino un elemento probatorio sólido.
La razón es que la identidad en el mundo digital no es tan sencilla como parece. El nombre del contacto per sé no prueba nada. Yo puedo guardar un número como “Carlos Rodríguez” y eso no convierte al interlocutor en Carlos Rodríguez. Sería demasiado fácil. Por eso la constatación notarial debe ir mucho más allá de lo visible. El escribano debe verificar el número telefónico, dejar constancia del dispositivo, acceder directamente a la conversación desde la aplicación, observar que no se trate de una imagen reenviada, registrar el contexto del intercambio y documentar todo aquello que permita vincular razonablemente ese número con la persona a quien se le atribuye.
Es un trabajo bien técnico que requiere expertise. Lo que está en juego no es un detalle meno, es la autenticidad de la prueba. En la práctica, cuando existe una constatación notarial bien realizada, el peso probatorio del chat cambia de manera sustancial. Sin ese respaldo, la conversación queda expuesta a impugnaciones que pueden desarmarla con facilidad. En buen romance, si el asunto es serio, la intervención del escribano es fundamental. Sin ella, muchas veces el mensaje no alcanza por sí solo.
Algunas sentencias ya han admitido que WhatsApp puede operar como vía formal de comunicación si fue el canal usual entre las partes y se acredita recepción. Pero esa asimilación no surge del doble tick azul como si fuera una garantía. Surge de la convicción probatoria que se logra construir alrededor del mensaje.
Y todo esto nos lleva, naturalmente, a una cuestión más amplia. Si para acreditar un simple mensaje necesitamos un montón recaudos técnicos específicos, ¿está nuestro sistema de justicia realmente preparado para la revolución tecnológica que ya está en marcha? La inteligencia artificial produce textos, audios e imágenes que resultan difíciles de distinguir de los reales. Mañana no vamos a discutir solamente si un mensaje fue enviado, sino si fue redactado por una persona o generado por un algoritmo.
El expediente judicial, que durante décadas descansó en papel y firma manuscrita, hoy se apoya cada vez más en soportes digitales. El desafío para el sistema de justicia —y para todo el Estado— es no ir siempre corriendo atrás de la liebre. Adaptarse con agilidad, capacitar operadores, actualizar criterios, prever situaciones.