Basta de amenazar el vínculo materno por falta de techo
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Por Leonardo Vinci
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joselopez99@adinet.com.uy
La vulnerabilidad extrema en la que se encuentra una madre que transita la intemperie junto a un recién nacido expone una de las fallas más graves e inadmisibles de nuestro sistema de protección social. El Estado tiene la obligación indelegable de garantizar que ninguna mujer ni ningún lactante queden desamparados en las calles de nuestro país. Sin embargo, la realidad local de nuestra ciudad evidencia un vacío estructural alarmante que pone en jaque la dignidad y los derechos humanos más elementales de los sectores más indefensos.
En la actualidad, el departamento de Salto cuenta con dispositivos destinados a mujeres solas, un espacio concebido teóricamente bajo la modalidad de veinticuatro horas. No obstante, este dispositivo general —que atiende perfiles complejos, situaciones de consumos problemáticos y medidas cautelares— no se encuentra adaptado ni habilitado para albergar de forma segura a una madre que haya quedado sola con su hijo recién nacido. La ausencia absoluta de un espacio específico para la primera infancia deja a estas familias en un desamparo absoluto, obligándolas a enfrentar la intemperie en el momento biológico y emocional más frágil de sus vidas.
Ante este panorama desolador, surge una amenaza latente y profundamente injusta que sobrevuela cada situación crítica: el temor latente a que, ante la ausencia de un techo seguro, se pretenda separar al pequeño recién nacido de su madre para ponerlo en manos del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU). Es fundamental recordarlo con absoluta firmeza y claridad: la pobreza material o la falta de una vivienda por sí solas no constituyen una causal legal en nuestro país para justificar la separación de un hijo de su madre.
El marco normativo nacional y los principios universales de protección de la infancia establecen de forma categórica que la separación familiar debe ser siempre la última opción (última ratio). Esta medida extrema solo se contempla ante situaciones de desprotección grave o riesgo directo que no puedan ser mitigados de otra forma. Convertir la precariedad habitacional en un motivo para desvincular a un recién nacido de sus brazos protectores subvierte la justicia y vulnera los derechos fundamentales. Antes de siquiera evaluar una intervención de esa magnitud, el Estado tiene el deber imperioso de articular soluciones habitacionales de emergencia y dispositivos de protección conjunta que preserven intacto el vínculo materno-filial.
Por todo lo expuesto, exigimos al Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) y a los organismos competentes que actúen de inmediato para asegurar un refugio digno, seguro y debidamente acondicionado para madres con recién nacidos en Salto. La inacción estatal no puede seguir siendo cubierta por parches improvisados que ponen en riesgo la salud del bebé y la estabilidad emocional de la madre.
El Estado no puede delegar su responsabilidad ni mirar hacia el costado mientras los derechos de la primera infancia se vulneran en las esquinas de nuestra ciudad. Se necesitan respuestas habitacionales de veinticuatro horas reales, con equipos interdisciplinarios preparados para acompañar la maternidad en contextos de crisis. La falta de infraestructura no justifica la vulneración de derechos; al contrario, obliga a las instituciones a crear soluciones de manera urgente. La justicia social comienza por garantizar que ningún recién nacido conozca la intemperie y que ninguna madre sea castigada por su pobreza con la dolorosa amenaza de perder a su hijo.