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Quienes no sufragaron en las nacionales o en el balotaje deberán justificar su ausencia. Estos son los montos a pagar y cómo hacerlo.

Quienes hayan incumplido con el voto, tanto en las Nacionales como en el Balotaje, deben pagar una multa. El trámite se realiza de forma online en la página de la Corte Electoral y hay tiempo hasta este jueves 26.

Obligatoriedad y multa

En caso de no votar sin justificación válida, corresponde el pago de una multa según lo establece la ley N° 16.0171: “El ciudadano que sin causa justificada no cumpliera con la obligación de votar, incurrirá en una multa equivalente al monto de una Unidad Reajustable (UR) por la primera vez y de tres Unidades Reajustables por cada una de las siguientes”.

Según la última actualización de la Dirección Nacional Impositiva (DGI), a cifras de octubre el monto de la UR asciende a $1.741,80. En el caso de los funcionarios públicos o profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República (Udelar), la multa ascenderá al doble, $3.480.

Según establece la Ley, el pago de las multas se hará efectivo en las Juntas Electorales del departamento donde el ciudadano debió votar.

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