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El debate sobre la sostenibilidad de los sistemas previsionales no es nuevo en Uruguay. Desde hace décadas, la sociedad discute sobre la necesidad de ajustar las edades de jubilación a la realidad demográfica del país. Sin embargo, en el ámbito municipal persiste una normativa que parece anclada en otro tiempo: el Estatuto del Funcionario Municipal, aprobado en 1955, que fija en 70 años la edad de retiro obligatorio.
La comparación histórica es reveladora. En 1960, la esperanza de vida promedio de los uruguayos rondaba los 68 años. Eso significaba que muchas personas no llegaban a disfrutar plenamente de su jubilación, y quienes lo hacían, apenas podían aspirar a unos pocos años de descanso tras una vida laboral extensa. En aquel contexto, jubilarse a los 60 años era una posibilidad razonable y acorde al promedio de vida de la población.

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